PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN Y LA RESOLUCIÓN DEL ACOSO LABORAL
Qué es acoso:
Cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico (aunque no se haya producido de forma reiterada o sistemática), no deseado, que tenga por objeto atentar contra la dignidad de la persona o crearle un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante, ofensivo o molesto o que produzca ese efecto.
Puede producirse entre compañeros o compañeras (acoso horizontal) o entre un mando y un subordinado o subordinada (acoso vertical).
Con la máxima voluntad de protección y esperando de todos, la responsabilidad y la buena fe, en todas las relaciones personales de ámbito laboral, queremos poner a su disposición todos los medios posibles para conseguir su colaboración si es usted conocedores de que existe alguna conducta inadecuada en su entorno laboral.
Derechos y obligaciones de las personas trabajadoras
- Derechos: tienen derecho a un entorno de trabajo saludable y no sufrir acoso.
- Obligaciones: todo el mundo tiene la obligación de tratar con respeto a las personas.
Si conoces de una situación o la estás sufriendo, tienes a tu disposición los siguientes canales:
Persona de referencia: Núria Bagó Codina
PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN Y LA RESOLUCIÓN DEL ACOSO LABORAL